43 razones para rechazar y no suscribir el Informe de Bagua

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El vier­nes 25 de diciem­bre Jesús Mana­cés Val­verde y María del Car­men Gómez Calleja, Pre­si­dente y miem­bro, res­pec­ti­va­mente, de la Comi­sión Espe­cial para Inves­ti­gar y Ana­li­zar los Suce­sos de Bagua entre­ga­ron una carta diri­gida al Minis­tro de Agri­cul­tura en la que expo­nen sus razo­nes para no sus­cri­bir el informe fir­mado por los demás miem­bros de la comi­sión. Lea el ínte­gro de la carta a continuación:

Carta al Minis­tro de Agricultura

Lima, 25 de Diciem­bre del 2009

Señor
Adolfo de Cór­dova Vélez
Minis­tro de Agri­cul­tura
Presente.-

Jesús Mana­cés Val­verde y Car­men Gómez Calleja, en cali­dad de Pre­si­dente e inte­grante, res­pec­ti­va­mente, de la Comi­sión Espe­cial para Inves­ti­gar y Ana­li­zar los Suce­sos de Bagua (en ade­lante CEI), creada por la Reso­lu­ción Minis­te­rial Nº 0664–2009-AG, nos diri­gi­mos a usted para expre­sarle lo siguiente:

1. En pri­mer lugar, poner de su cono­ci­miento que el acceso al Informe Final de la CEI le fue impe­dido, sin motivo y arbi­tra­ria­mente a la sus­crita, Car­men Gómez Calleja, pese a ser miem­bro pleno de la Comi­sión y el cual –tal como se me comu­nicó opor­tu­na­mente– había sido dejado desde el día 22 de diciem­bre el año en curso en el Minis­te­rio de Agri­cul­tura para que, como los demás miem­bros de la CEI pudié­ra­mos leerlo y deci­dir si lo sus­cri­bía­mos o no. Fue sólo gra­cias a la ges­tión del Pre­si­dente de la Comi­sión que he podido ente­rarme de su con­te­nido y, con cono­ci­miento de causa, expre­sar de forma com­par­tida las razo­nes por las que no pode­mos sus­cri­bir dicho Informe Final.

2. En segundo lugar, era de espe­rarse que luego de las uná­ni­mes crí­ti­cas que desató una pri­mera ver­sión del Informe, que fue de cono­ci­miento público, se crea­ran las con­di­cio­nes reque­ri­das para que se con­clu­yese en un docu­mento final acorde con la rigu­ro­si­dad, apego a la ver­dad y rela­ción con las prue­bas reco­pi­la­das por nues­tra Comi­sión durante sus tres meses de tra­bajo; cosa que lamen­ta­ble­mente no ocurrió.

3. Si bien el Informe Final, pre­sen­tado ya en el Minis­te­rio de Agri­cul­tura, es for­mal­mente dife­rente al ante­rior, sin embargo, a nues­tro jui­cio, en su con­te­nido sigue el mismo espí­ritu y la misma línea de argu­men­ta­ción y, por ende, com­parte las mis­mas deficiencias.

4. En pri­mer lugar, por­que al igual que el ante­rior texto, la gran mayo­ría de sus afir­ma­cio­nes carece de una sus­ten­ta­ción rigu­rosa, por más esfuer­zos que esta vez se haya hecho para apa­ren­tar que se están tomando en cuenta los tes­ti­mo­nios o entre­vis­tas reco­gi­das durante el tra­bajo de la CEI. Lo cierto es que en casi todos los párra­fos se afirma o se remite a un solo tes­ti­mo­nio u opi­nión de parte, sin refle­jar la plu­ra­li­dad de opi­nio­nes reco­gi­das en torno a estos hechos o una apre­cia­ción pro­pia al res­pecto. Hay una buena parte de hechos que se pre­sen­tan y asu­men como cier­tos, teniendo escaso o nin­gún corre­lato con lo reco­gido por la Comisión.

5. Es evi­dente que del mate­rial reco­gido por la CEI (docu­men­tos, entre­vis­tas, tes­ti­mo­nios, visi­tas de campo, etc.) no se puede con­cluir como idea cen­tral que la causa de la pro­testa de los pue­blos indí­ge­nas de la Ama­zo­nía, haya sido que éstos no “com­pren­die­ron bien” el con­te­nido de los decre­tos legis­la­ti­vos cues­tio­na­dos, debido a que hubo diri­gen­tes gre­mia­les, miem­bros de par­ti­dos polí­ti­cos, sec­to­res de la Igle­sia Cató­lica, inte­gran­tes de ONG, etc., que dis­tor­sio­na­ron sus con­te­ni­dos, mani­pu­lando y enga­ñando de esta manera a los Pue­blos Indígenas.

Durante el tiempo de tra­bajo de la comi­sión se fue­ron esbo­zando muchas cau­sas, las cua­les no apa­re­cen reco­gi­das; los comi­sio­na­dos tenían dis­tin­tos pun­tos de vista y no se llegó a con­sen­sos, en parte por falta de tiempo sufi­ciente para la refle­xión con­junta; de ahí nues­tra insis­ten­cia en la amplia­ción del plazo. Sin embargo, nos sor­prende que se haya incor­po­rado como prin­ci­pal causa de todo lo suce­dido la falta de comu­ni­ca­ción o expli­ca­ción de los decre­tos legis­la­ti­vos, cuando es de cono­ci­miento de todos, que las cau­sas son más com­ple­jas y algu­nas vie­nen de tiem­pos ante­rio­res. Esto puede ser opi­nión de algu­nos miem­bros de la comi­sión, pero la afir­ma­ción de que sea la causa prin­ci­pal no se sus­tenta, por ejem­plo, en los tes­ti­mo­nios reco­gi­dos en los gru­pos de indí­ge­nas u orga­ni­za­cio­nes representativas.

Por este error ini­cial, gran parte de las reco­men­da­cio­nes del Informe Final se refie­ren a una mejor comu­ni­ca­ción o expli­ca­ción de los decre­tos legis­la­ti­vos, sin tener en cuenta que, para un gran número de entre­vis­ta­dos dichos decre­tos deben ser dero­ga­dos, tanto por la forma en que se die­ron como por sus contenidos.

6. Es impor­tante seña­lar que no se da el mismo carác­ter de ver­dad a los tes­ti­mo­nios reco­gi­dos de las auto­ri­da­des que a los tes­ti­mo­nios reco­gi­dos de los indí­ge­nas; en muchos casos estos últi­mos han sido saca­dos de su con­texto, impi­diendo apre­ciar el ver­da­dero sen­tido de lo que se que­ría decir y vol­vién­do­los con­tra ellos mismos.

7. En la cro­no­lo­gía efec­tuada se han incluido muchos hechos que no tie­nen una jus­ti­fi­ca­ción ade­cuada, mien­tras que, a la vez, se omi­ten otros que, por el con­tra­rio, son suma­mente rele­van­tes. En varios momen­tos de la cro­no­lo­gía, ade­más, el Informe Final no se limita a men­cio­nar el hecho, sino que lo comenta o valora, lo que des­na­tu­ra­liza el recuento de hechos y le infiere un com­po­nente de sub­je­ti­vi­dad valo­ra­tiva impro­pio de una inves­ti­ga­ción obje­tiva e impar­cial (1).

8. Si bien de los tes­ti­mo­nios que se logró reco­ger, y que no han sido valo­ra­dos ade­cua­da­mente por falta de tiempo, se vis­lum­bran res­pon­sa­bi­li­da­des en los mili­ta­res y poli­cías, no se ha logrado aún deter­mi­nar cómo fue el ope­ra­tivo, qué coor­di­na­cio­nes se tuvo entre ambas ins­ti­tu­cio­nes o con otras ins­ti­tu­cio­nes del Estado y cual fue el rol del eje­cu­tivo en estos hechos.

9. En suma, la gran mayo­ría de las reco­men­da­cio­nes son dis­cu­ti­bles y encie­rran una crí­tica severa, otra vez, con­tra orga­ni­za­cio­nes socia­les, sec­to­res de la Igle­sia, par­ti­dos polí­ti­cos, diri­gen­tes, ONG, como si la actua­ción de los gru­pos indí­ge­nas siem­pre fuera pro­ducto de enga­ños o manipulaciones.

10. Como es de domi­nio público, el 5 de junio de 2009 acon­te­ció en Bagua, Ama­zo­nas, Perú, una situa­ción de con­mo­ción y con­fron­ta­ción social acu­mu­lada, que tuvo como pro­ta­go­nis­tas al Estado y a los pue­blos indí­ge­nas ama­zó­ni­cos y dejó un lamen­ta­ble saldo de 33 víc­ti­mas mor­ta­les, un poli­cía des­a­pa­re­cido y más de 200 heri­dos, de los cua­les 82 fue­ron de impacto de bala.

Tres meses más tarde, el 7 de sep­tiem­bre de 2009, se creó la Comi­sión Espe­cial para Inves­ti­gar y Ana­li­zar los suce­sos de Bagua (CEI) a tra­vés de la Reso­lu­ción Minis­te­rial Nº 0664–2009-AG asig­nán­dole como objeto “deter­mi­nar las cau­sas y con­se­cuen­cias de orden socio-cultural, eco­nó­mi­cas, polí­ti­cas y reli­gio­sas que die­ron lugar a los suce­sos del 5 de junio del 2009 en la pro­vin­cia de Bagua, con fines de reconciliación”.

Con­forme a su norma de crea­ción, la CEI debió estar pre­si­dida por los prin­ci­pios de ver­dad, jus­ti­cia, equi­dad, inde­pen­den­cia, impar­cia­li­dad, obje­ti­vi­dad y exhaus­ti­vi­dad (2); y su fina­li­dad esen­cial es con­tri­buir a que “hechos simi­la­res nunca más vuel­van a suce­der” (3).

No obs­tante, los hechos suce­di­dos el 05 de junio de 2009 no han sido hasta hoy debi­da­mente acla­ra­dos, ni las res­pon­sa­bi­li­da­des corres­pon­dien­tes correc­ta­mente defi­ni­das. En par­ti­cu­lar, la res­pon­sa­bi­li­dad de quie­nes, por la posi­ción que ocu­pa­ban u ocu­pan en el ejer­ci­cio del poder, tuvie­ron una impli­ca­ción directa y pública en estos hechos; deri­ván­dose más bien estas res­pon­sa­bi­li­da­des a acto­res secun­da­rios o, alte­rando incluso la ver­da­dera natu­ra­leza de los hechos, para sin­di­car dicha res­pon­sa­bi­li­dad a ter­ce­ros, lo que impide escla­re­cer las ver­da­de­ras responsabilidades.

11. El aná­li­sis de los suce­sos de Bagua hecho por los miem­bros de la Comi­sión que sus­cri­ben el deno­mi­nado Informe Final, no sólo no ha res­pe­tado el prin­ci­pio de obje­ti­vi­dad, impar­cia­li­dad y exhaus­ti­vi­dad al que estaba obli­gada por man­dato legal, sino que, ade­más, no ha res­pe­tado aspec­tos sus­tan­cia­les del pro­ce­di­miento for­mal para el logro de sus objetivos.

12. El gobierno, por su parte, no cola­boró efec­ti­va­mente con el desa­rro­llo del obje­tivo de la Comi­sión, pues no se le otorgó el finan­cia­miento y medios nece­sa­rios para que lleve a cabo con efi­cien­cia su labor.

13. En efecto, la CEI se ins­taló el 7 de sep­tiem­bre de 2009, pero nunca se aprobó el Pre­su­puesto, ni asig­na­ron, y menos se pro­ve­ye­ron las recur­sos y el tiempo nece­sa­rios para que pudiera cum­plir con su objeto (4). Recur­sos apro­ba­dos con este fin por el Pro­grama de Nacio­nes Uni­das para el Desa­rro­llo (PNUD) nunca se hicie­ron efec­ti­vos. El Minis­te­rio de Agri­cul­tura sol­ventó dos via­jes de la CEI; este fue el único apoyo en lo que se refiere a presupuesto.

14. Otros órga­nos del Estado obs­ta­cu­li­za­ron igual­mente la actua­ción de la CEI, como fue el caso de fun­cio­na­rios del Minis­te­rio Público, quie­nes nega­ron al Pre­si­dente de la Comi­sión, señor Jesús Mana­cés, los docu­men­tos de la inves­ti­ga­ción fis­cal. Lo mismo ocu­rrió con el Informe de Con­trol Interno del Minis­te­rio del Inte­rior, que le fue negado al Pre­si­dente de la CEI pese a soli­ci­tarlo en varias opor­tu­ni­da­des. Ambas enti­da­des se excu­sa­ron argu­men­tando para ello que las inves­ti­ga­cio­nes esta­ban en proceso.

15. A pesar de tener por objeto la bús­queda de la ver­dad, la CEI no pudo inte­rro­gar, en nin­gún momento, a diver­sos per­so­na­jes que, sin embargo, son pro­ta­go­nis­tas esen­cia­les del relato que ella misma cons­truyó alre­de­dor de los suce­sos del 05 de junio de 2009 en Bagua, así como de los hechos ante­rio­res y pos­te­rio­res al mismo.

16. No se pudo lograr la entre­vista con el señor Pre­si­dente de la Repú­blica, Dr. Alan Gar­cía Pérez, que hubiera sido muy impor­tante para acla­rar algu­nos aspec­tos que se die­ron pre­vio, durante y des­pués del pro­ceso, que con­tri­bui­rían a la recon­ci­lia­ción nacio­nal, de acuerdo a la fina­li­dad de esta comi­sión.
17. La CEI tam­poco inte­rrogó a los pro­mo­to­res direc­tos de los decre­tos legis­la­ti­vos que, como la misma CEI reco­noce, afec­ta­ban los dere­chos indí­ge­nas (5), care­cían de legi­ti­mi­dad por­que no fue­ron con­sul­ta­dos con los pue­blos indí­ge­nas, tal como ins­truía el Con­ve­nio 169 de la OIT y fue­ron “el des­en­ca­de­nante que generó el paro y las movi­li­za­cio­nes ama­zó­ni­cas a nivel nacio­nal”. En el caso par­ti­cu­lar de la Minis­tra Mer­ce­des Flo­res Aráoz, pese a que se la citó, no se pudie­ron cono­cer las razo­nes que la lle­va­ron a sos­te­ner, con insis­ten­cia y una buena dosis de alar­mismo, que si se dero­ga­ban los decre­tos legis­la­ti­vos cues­tio­na­dos se ponía en riesgo el Tra­tado de Libre Comer­cio cele­brado (TLC) con los EE.UU. y el Perú podía ser objeto de san­cio­nes inter­na­cio­na­les (6). Afir­ma­ción que luego el señor Yehude Simon, ex Pre­si­dente del Con­sejo de Minis­tros durante los suce­sos de Bagua, se encargó de des­men­tir tajan­te­mente (7). Este último, tam­poco fue entre­vis­tado por la Comi­sión pese a la emi­nente y crí­tica posi­ción que ocupó en el momento en que ocu­rrían los hechos objeto de inves­ti­ga­ción por la CEI.

18. En el Informe Final, los miem­bros de la CEI que lo sus­cri­ben, hacen gra­ves impu­tacio­nes a orga­ni­za­cio­nes socia­les, diri­gen­tes, ONG (8), medios de comu­ni­ca­ción (9) y miem­bros de la Igle­sia Cató­lica (10), a los que sin embargo, ni indi­vi­dua­li­za­ron, ni cita­ron para tomar su decla­ra­ción y poder con­fir­mar o des­vir­tuar los car­gos que les atri­buía. Lo cual inva­lida estas afir­ma­cio­nes, pues no fue­ron lla­ma­dos a ren­dir sus decla­ra­cio­nes; por ello con­si­de­ra­mos que este informe es incom­pleto y ten­diente a gra­ves erro­res y no con­tri­buye a la recon­ci­lia­ción nacional.

19. Asi­mismo, aun­que el Informe Final atri­buye directa res­pon­sa­bi­li­dad a varios par­la­men­ta­rios del Par­tido Nacio­na­lista (PNP) (11), a quie­nes sin­dica como pro­mo­to­res de la movi­li­za­ción indí­gena y la comi­sión de actos vio­len­tos urba­nos (sic), en su gran mayo­ría tam­poco fue­ron cita­dos ni escu­cha­dos. De igual forma, no fue­ron cita­dos ni escu­cha­dos los repre­sen­tan­tes de las ron­das cam­pe­si­nas, diri­gen­tes magis­te­ria­les o inte­gran­tes de deter­mi­na­dos Fren­tes de Defensa loca­les (12) a quie­nes el Informe Final atri­buye la comi­sión de actos vio­len­tos, como tam­bién ocu­rrió res­pecto de repre­sen­tan­tes y diri­gen­tes indí­ge­nas (13).

20. El Informe Final tam­poco incluyó la ver­sión u opi­nión de nin­guno de los deu­dos de las víc­ti­mas civi­les, fue­ran estas mes­ti­zas o indí­ge­nas y de nin­guno de los 16 tra­ba­ja­do­res que estu­vie­ron en la Esta­ción de Bom­beo Nº 6. Nin­gún miem­bro de la DINOES declaró de forma reser­vada ante la CEI.

21. A pesar de haber entre­vis­tado al Pre­si­dente del Con­greso durante los suce­sos del 5 de junio de 2009 en Bagua, señor Javier Velás­quez Ques­quén, y teniendo claro que la pala­bra empe­ñada del Con­greso para revi­sar los decre­tos fue frus­trada, el Informe Final no ofrece nin­guna expli­ca­ción de por qué, pese a que desde el mes de diciem­bre de 2008 una Comi­sión Mul­ti­par­ti­da­ria, coin­ci­diendo con la Defen­so­ría del Pue­blo, había reco­men­dado la dero­ga­to­ria de los decre­tos legis­la­ti­vos dic­ta­dos por el Poder Eje­cu­tivo por incons­ti­tu­cio­na­les, dicha deci­sión se pos­tergó una y otra vez, siendo algu­nos dero­ga­dos cuando ya la vio­len­cia se había desatado con el cono­cido saldo lamen­ta­ble de víc­ti­mas mor­ta­les que produjo.

22. El Informe Final no toma en cuenta el marco inter­na­cio­nal de res­peto a los dere­chos huma­nos de todas las per­so­nas y en espe­cial de los pue­blos indí­ge­nas y en estado de emergencia.

23. Aun­que el Informe Final des­taca la pro­mul­ga­ción por el Poder Eje­cu­tivo y el Con­greso de una vasta can­ti­dad de nor­mas, con impli­ca­cio­nes direc­tas e indi­rec­tas vin­cu­la­das al ejer­ci­cio de dere­chos indí­ge­nas (14), no pone de relieve que nin­guna de estas fue con­sul­tada con las orga­ni­za­cio­nes indí­ge­nas, vio­lando con ello su dere­cho a la con­sulta pre­via, libre e infor­mada res­pecto de las deci­sio­nes de la admi­nis­tra­ción que les afectan.

24. Los miem­bros fir­man­tes del Informe Final pasan por alto que la dolo­rosa pér­dida de vidas huma­nas con que se saldó el con­flicto de Bagua en junio pasado, obli­gaba a una pro­funda refle­xión enca­mi­nada a recon­ci­liar al Estado peruano con los pue­blos indí­ge­nas ama­zó­ni­cos del Perú; y, por este motivo, pro­cu­rar por todos los medios, evi­tar las cir­cuns­tan­cias que podrían difi­cul­tar un diá­logo genui­na­mente res­pe­tuoso y de buena fe entre ambas par­tes, disi­pando con ello la posi­bi­li­dad de que ocu­rran nue­vos conflictos.

En este mismo sen­tido se ha pro­nun­ciado uná­ni­me­mente la comu­ni­dad inter­na­cio­nal, como se des­prende de los pro­nun­cia­mien­tos del rela­tor espe­cial de las Nacio­nes Uni­das sobre Pue­blos Indí­ge­nas (señor James Anaya) (15), la Asam­blea Gene­ral de la Orga­ni­za­ción Inter­na­cio­nal del Tra­bajo (OIT), el Comité de la ONU con­tra todas las for­mas de Dis­cri­mi­na­ción Racial (CERD) y la Fede­ra­ción Inter­na­cio­nal de Dere­chos Huma­nos (FIDH), quie­nes per­sis­ten­te­mente han hecho lla­ma­dos a la pru­den­cia, a un diá­logo res­pe­tuoso y al cese de la repre­sión con­tra los diri­gen­tes y repre­sen­tan­tes indígenas.

25. La CEI no contó con las con­di­cio­nes ade­cua­das para el logro de los obje­ti­vos que tenía plan­tea­dos. El Informe Final ape­nas hace refe­ren­cia a las reco­men­da­cio­nes de las agen­cias inter­na­cio­na­les encar­ga­das de super­vi­sar el cum­pli­miento de los tra­ta­dos inter­na­cio­na­les de los que el Perú es parte.
26. Temas de inves­ti­ga­ción y pro­ta­go­nis­tas esen­cia­les en los hechos mate­ria de inves­ti­ga­ción no fue­ron abor­da­dos; el valioso mate­rial infor­ma­tivo reco­pi­lado por la Comi­sión no fue ana­li­zado con­jun­ta­mente por sus miem­bros de forma debida. El tiempo tan corto fue uno de los ele­men­tos en contra.

27. En el Informe Final se da un peso exce­sivo a los tes­ti­mo­nios liga­dos a la ver­sión ofi­cial de los hechos, y se ha cui­dado de manera noto­ria el pro­pó­sito de no res­pon­sa­bi­li­zar a los auto­res de las deci­sio­nes más rele­van­tes que gene­ra­ron los suce­sos del 5 de junio en Bagua.

28. A pesar de que super­fi­cial­mente se habla en el Informe Final de la exclu­sión y mar­gi­na­ción his­tó­rica y estruc­tu­ral de los Pue­blos Indí­ge­nas, no pro­fun­diza en las ver­da­de­ras raí­ces del con­flicto, por lo que no con­tri­buye en con­creto a gene­rar las con­di­cio­nes que per­mi­tan superar estas bre­chas. Espe­cial­mente, no ana­liza en pro­fun­di­dad el dete­rioro de la segu­ri­dad jurí­dica de los terri­to­rios indí­ge­nas a par­tir del gobierno del Ing. Alberto Fuji­mori. Un dete­rioro pro­fun­di­zado por los decre­tos legis­la­ti­vos emi­ti­dos con base a la dele­ga­ción de facul­ta­des legis­la­ti­vas lle­vada a cabo por el Con­greso para imple­men­tar el TLC y cues­tio­na­dos por los pue­blos indí­ge­nas ama­zó­ni­cos.
29. El Informe Final omite des­ta­car, asi­mismo, el trau­má­tico estado actual de todos los pue­blos indí­ge­nas de la Ama­zo­nía peruana, ante la incon­sulta y pro­gre­siva ocu­pa­ción de sus terri­to­rios y el dete­rioro sus­tan­tivo de sus recur­sos vita­les, así como los gra­ví­si­mos impac­tos a su salud, a su dere­cho a la ali­men­ta­ción y la sos­te­ni­bi­li­dad de sus bos­ques, aguas, flora y fauna, por parte de las empre­sas extrac­ti­vas –petro­le­ras, mine­ras y made­re­ras– bene­fi­cia­das con las con­ce­sio­nes otor­ga­das por el Estado. Esta omi­sión elude tra­tar la causa estruc­tu­ral que, según los pue­blos indí­ge­nas ama­zó­ni­cos, explica el actual con­flicto con el Estado peruano.

30. Pese a que se reco­noce que no exis­ten meca­nis­mos para garan­ti­zar la par­ti­ci­pa­ción de los pue­blos indí­ge­nas, el Informe Final no pro­fun­diza en el sig­ni­fi­cado que esta ausen­cia tiene res­pecto del con­trol de estos pue­blos sobre su pro­pio desarrollo.

31. En el recuento de los hechos de vio­len­cia come­ti­dos durante los suce­sos de Bagua, el Informe Final se basa en tes­ti­mo­nios par­cia­les que carac­te­ri­zan como una actua­ción defen­siva una acción poli­cial des­me­su­rada e injus­ti­fi­cada, como lo demues­tra el pro­pio Informe Final al exis­tir –como este reco­noce– acuer­dos para un desa­lojo pací­fico de las carre­te­ras e ins­ta­la­cio­nes toma­das en dis­tin­tos pun­tos de la Amazonía.

32. En este mismo sen­tido, no se expli­can las razo­nes que tuvie­ron los man­dos poli­cia­les y mili­ta­res para actuar como actua­ron o, en su caso, para deter­mi­nar quién les ordenó que actua­ran de esta forma.

33. La for­mu­la­ción del Informe Final no tuvo sufi­cien­te­mente en cuenta la carac­te­rís­tica que tiene el pro­ceso colec­tivo y no indi­vi­dua­li­zado de toma de deci­sio­nes de los pue­blos indí­ge­nas, donde los diri­gen­tes deben asu­mir la fun­ción para la que han sido desig­na­dos y no tra­tar los asun­tos de sus pue­blos como una cues­tión per­so­nal o particular.

34. El Informe Final no mani­fiesta un prin­ci­pio y dere­cho básico refe­rido al valor de la vida y que todo acto de vio­len­cia, venga de donde venga, va en con­tra de toda lega­li­dad. No se expli­cita el repu­dio de las for­mas como se enfren­ta­ron her­ma­nos perua­nos. No se debe olvi­dar que el Estado tiene la res­pon­sa­bi­li­dad de pro­te­ger a sus ciu­da­da­nos. No se expre­san las con­do­len­cias a todo fami­liar y toda per­sona que ha sido gra­ve­mente afec­tado por este con­flicto. Falta el aspecto de sen­si­bi­li­dad humana en el Informe Final.

35. Junto con la bús­queda de la ver­dad, la CEI tiene como obje­tivo pro­po­ner con­di­cio­nes para que tales hechos no se repi­tan. A pesar de ello ésta no ha hecho notar el clima de per­ma­nente de hos­ti­li­za­ción del Estado con­tra las orga­ni­za­cio­nes indí­ge­nas, lo que evi­den­te­mente no favo­rece en abso­luto el res­ta­ble­ci­miento de la paz y recon­ci­lia­ción buscadas.

36. El Informe Final carece de una dimen­sión inhe­rente a la recon­ci­lia­ción, que es la de gene­rar medi­das para repa­rar los daños infrin­gi­dos a todas las par­tes invo­lu­cra­das en el con­flicto; y en espe­cial, pro­po­ner medi­das que revier­tan, aun­que fuere en parte, el dolor sufrido por las fami­lias y comu­ni­da­des que han sufrido la pér­dida de sus seres que­ri­dos como con­se­cuen­cia del con­flicto. Pro­po­ne­mos que a la bre­ve­dad posi­ble se cum­pla con satis­fa­cer las deman­das que los afec­ta­dos direc­ta­mente por los suce­sos del 5 de Junio, tanto civi­les como poli­cías o deu­dos, teniendo en cuenta los aspec­tos de salud, situa­ción eco­nó­mica, situa­ción legal e indemnizaciones.

37. Debe garan­ti­zarse la segu­ri­dad de los valio­sos mate­ria­les obte­ni­dos por la Comi­sión, su sis­te­ma­ti­za­ción ade­cuada y la iden­ti­fi­ca­ción de los vacíos de infor­ma­ción pen­dien­tes, tomando este acervo como mate­rial de base para que, con los recur­sos y el tiempo reque­ri­dos, se pueda rea­li­zar el tra­bajo de inves­ti­ga­ción que la CEI no pudo concluir.

38. Se deben bus­car los meca­nis­mos que garan­ti­cen una par­ti­ci­pa­ción efec­tiva de los pue­blos indí­ge­nas en las deci­sio­nes que afec­ten su pro­pio desa­rro­llo, imple­men­tando de manera sis­te­má­tica y efec­tiva el Con­ve­nio 169 de la OIT y la Decla­ra­ción de Nacio­nes Uni­das sobre Dere­chos de los Pue­blos Indí­ge­nas, inclu­yendo la revi­sión de la legis­la­ción y las ins­ti­tu­cio­nes con­cer­ni­das para ade­cuar­las al carác­ter plu­ri­na­cio­nal de nues­tro país.
39. Lamen­ta­mos que todo el esfuerzo des­ple­gado no haya lle­gado a buen fin, bási­ca­mente por­que no se ha con­tado con el tiempo ni los meca­nis­mos, ni las faci­li­da­des para hacer el tra­bajo que el Informe Final requería.

40. Debe asu­mirse como una tarea pen­diente escla­re­cer lo que ver­da­de­ra­mente ocu­rrió el 5 de junio, a fin de deter­mi­nar cau­sas, con­se­cuen­cias y reco­men­da­cio­nes, apro­ve­chando el mate­rial ya reco­pi­lado y com­ple­tando éste.

41. Es muy impor­tante que en cual­quier inves­ti­ga­ción se cuente con la par­ti­ci­pa­ción de los orga­nis­mos inter­na­cio­na­les; tal como lo sugi­rió el rela­tor de las NNUU en su informe.

42. Los sus­cri­tos mani­fes­ta­mos que el pre­sente docu­mento tiene como obje­tivo expli­car las razo­nes por las que no pode­mos sus­cri­bir el Informe Final de la Comi­sión Espe­cial para Inves­ti­gar y Ana­li­zar los Suce­sos de Bagua. Hace­mos tam­bién obser­va­cio­nes en cuanto a pun­tos afir­ma­dos, por su falta de sus­ten­ta­ción, su dis­con­for­mi­dad con la inves­ti­ga­ción rea­li­zada por la CEI y por con­tra­de­cir ideas y afir­ma­cio­nes que exis­ten al respecto.

43. Los que sus­cri­bi­mos esta carta nos com­pro­me­te­mos a pre­sen­tar en un tiempo pru­den­cial un informe alter­na­tivo, basado fun­da­men­tal­mente en el mate­rial acu­mu­lado por la comi­sión, así como en otros docu­men­tos públi­cos exis­ten­tes y en otros insu­mos que sir­van para com­ple­tar las fuen­tes con las que ya se cuenta.

Jesús Mana­cés Val­verde, Pre­si­dente de la Comi­sión Espe­cial para Inves­ti­gar y Ana­li­zar los Suce­sos de Bagua

María del Car­men Gómez Calleja, miem­bro de la Comi­sión Espe­cial para Inves­ti­gar y Ana­li­zar los Suce­sos de Bagua.

Fuente:

Alter­na­tiva Prensa

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Posted by on enero 1, 2010. Filed under Actualidad & Política. You can follow any responses to this entry through the RSS 2.0. You can leave a response or trackback to this entry

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